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En Colombia la Corte Constitucional prohíbe las corridas de toros y peleas de gallos.

La Corte Constitucional le puso punto final a las corridas de toros en Colombia. Con una decisión unánime, avaló la Ley 2385 de 2024 que prohíbe no solo las corridas, novilladas y becerradas, sino también corralejas, toros coleados y peleas de gallos, al eliminar el artículo que dejaba estas últimas como excepción. Eso sí, la Corte dio un plazo de tres años para que las comunidades que dependen de estas prácticas puedan reconvertirse cultural y laboralmente. El fallo no estuvo libre de polémica: un error de redacción en el borrador incluyó las cabalgatas entre las prohibiciones, lo que desató celebraciones apresuradas y protestas airadas hasta que el tribunal aclaró que estas no quedaron vetadas.

La sentencia resalta que la nueva ley no choca con la diversidad cultural, sino que busca abrir paso a una transformación hacia el respeto por la vida animal. Durante el periodo de transición, que va hasta julio de 2027, las corridas y demás prácticas taurinas solo podrán realizarse donde sean tradición continua, con reglas estrictas de bienestar animal y sin un peso de recursos públicos. Además, las plazas de toros deberán reinventarse: la norma las proyecta como escenarios culturales, deportivos y artísticos, marcando un giro histórico en la forma como se utilizan estos espacios.

La noticia generó fuertes reacciones. La senadora Esmeralda Hernández, autora del proyecto, celebró el fallo como una victoria animalista sin precedentes, mientras que la senadora Andrea Padilla prometió insistir en la prohibición de las cabalgatas con una nueva iniciativa. En Bogotá, el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal calificó la decisión como un paso clave hacia una sociedad más consciente y respetuosa con los animales. Y con esto, Colombia se encamina a dejar atrás un capítulo de su tradición para abrir otro, donde el bienestar animal empieza a ocupar un lugar central.

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